AGENCIA
Nacional.- A partir del decreto publicado el 24 de enero de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, se oficializó la creación de veterinarias gratuitas por parte de los gobiernos estatales y municipales en México. Este mandato queda establecido en el artículo 87 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Las clínicas veterinarias gratuitas no solo están llamadas a proporcionar servicios de atención médica preventiva, sino que también deben ofrecer tratamientos médicos respaldados por profesionales veterinarios en casos de enfermedad. La entrada en vigor de este decreto impone la responsabilidad a las entidades federativas, en coordinación con los municipios y alcaldías, de garantizar el cumplimiento de estas disposiciones.
Además, la reforma legislativa incluye la esterilización gratuita de animales y establece pautas para asegurar un tratamiento digno en los centros de control animal.
El segundo artículo transitorio del decreto establece que “en un plazo máximo de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, y para su cabal cumplimiento, los Congresos de las entidades federativas deberán hacer los ajustes que estimen necesarios en su legislación local”.
Sin embargo, el tercer artículo transitorio señala que el establecimiento de Clínicas Veterinarias Públicas “estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria de las entidades federativas y los municipios en cada ejercicio fiscal”. Esto indica que la implementación de estas clínicas dependerá de los recursos financieros disponibles en cada entidad, dando flexibilidad a los gobiernos locales para adaptarse a las necesidades y restricciones presupuestarias.