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Va Juicio Político contra Magistrada

Superiberia
  • Además la inhabilitaron cinco años
  • El Pleno del Tribunal Superior de Justicia fungirá como jurado de sentencia

XALAPA.- El Pleno del Congreso del Estado, erigido en jurado de acusación, aprobó instruir el Juicio Político a la magistrada Sofía Martínez Huerta, planteando su inhabilitación por un periodo de 5 años y su destitución, lo que todavía debe ser validado por el Poder Judicial.
Lo anterior, tras determinar que la togada afectó a los intereses públicos fundamentales y a su correcto despacho al usurpar funciones del Consejo de la Judicatura y remover al juez, José Clemente
Zorrilla Rostro.
El Congreso del Estado, con 35 votos a favor, 9 en contra y ninguno en abstención, aprobó el juicio político actuando como jurado de acusación. Ahora, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia fungirá como jurado de sentencia. A favor votaron la mayoría de los diputados de MORENA y legisladores de la oposición como los integrantes de la fracción PRI-PVEM, Érika Ayala, Andrea Yunes, Jorge Moreno, Rodrigo García Escalante y Antonio García Reyes.
También dieron su voto a favor el legislador Gonzalo Guízar Valladares, el independiente Alexis Sánchez García y la diputada de MC, Ivonne Trujillo Ortiz. En contra sólo votaron los 8 diputados del PAN y la perredista Brianda Kristel
Hernández Topete.
A la sesión extraordinaria con carácter de privada no acudió la magistrada Sofía Martínez Huerta argumentando problemas de salud, de ahí que sólo acudieron sus defensores Tomás Mundo y Víctor Alfonso Loyo
Olivares. La denuncia contra la Magistrada fue presentada por el juez José Clemente Zorrilla Rostro, acusándola de usurpación de funciones debido a que, sin la autorización del Consejo de la Judicatura y como presidenta del Poder Judicial, lo relevó del cargo y nombró a Óscar Hernández como su sucesor. Defendido por la firma Aguirre & Montoya Abogados, el denunciante y su defensa aseguraron que se trata de un procedimiento que demuestra la imparcialidad del Congreso local. Ahora que el Congreso acordó que ha lugar a continuar el procedimiento, en el Poder Judicial.
El futuro de la magistrada Martínez Huerta, expresidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y del Consejo de la Judicatura (CJ), ahora está en manos de sus propios compañeros togados, ya que el Pleno de Magistrados erigido en Jurado de Sentencia
Una vez que la Sala Constitucional esté erigida en Comisión de Enjuiciamiento, dictará auto de radicación en el plazo de tres días posteriores a que el Pleno de Magistrados le turne el expediente, y lo deberá notificar por oficio, por conducto de la Secretaría General de Acuerdos, a la Comisión Permanente Instructora.
La referida escuchará a la Comisión Permanente Instructora que sostiene la acusación y al acusado o su defensor y podrá disponer la práctica de las diligencias que considere necesarias para integrar su proyecto de resolución.
Transcurrido el plazo, con alegatos o sin ellos, la Comisión de Enjuiciamiento formulará su proyecto de resolución, en vista de las consideraciones hechas en la acusación y en su caso los alegatos formulados admitiendo la sanción propuesta por la Comisión Permanente Instructora, o proponiendo la que en su concepto deba imponerse al servidor público y expresando los preceptos legales en que se funde.
Una vez emitido el proyecto de resolución, la Comisión de Enjuiciamiento lo depositará en la Secretaría General de Acuerdos del Pleno para que el presidente del TSJ convoque al Pleno para erigirse en Jurado de Sentencia, en el plazo de setenta y dos horas siguientes a su depósito y citará a la Comisión Permanente Instructora, al acusado y a su defensor.
En ese sentido, a la hora señalada para la audiencia, el presidente del TSJ declarará al Pleno que se erige en Jurado de Sentencia, y se procederá conforme a lo siguiente:
La Secretaría General de Acuerdos dará lectura al proyecto de resolución formulado por la Comisión de Enjuiciamiento; acto continuo, se concederá la palabra a la Comisión Permanente Instructora y, al servidor público o su defensor; y el Jurado de Sentencia dictará resolución absolutoria o, por el voto de las dos terceras partes del número total de sus integrantes, resolución condenatoria y, en su caso, la sanción correspondiente, la que se notificará personalmente a las partes.
Si la resolución del Jurado de Sentencia es condenatoria, se sancionará al servidor público, si está en funciones, con la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período de uno hasta diez años, atendiendo a la gravedad de la infracción. Pero si la resolución del Jurado de Sentencia es absolutoria o no se obtiene la mayoría calificada, se denegará la declaración de inhabilitación o
destitución.

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