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Suspenden política eléctrica de Rocío Nahle

Superiberia

CDMX.- Un juez federal suspendió hoy el Acuerdo de la Secretaria de Energía, Rocío Nahle, por el cual se emitió la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo Especializado en Competencia Económica, concedió una suspensión provisional en el amparo promovido por la organización ambientalista Greenpeace, que paraliza de manera general los efectos del acuerdo, publicado por la Sener el 15 de mayo.

Es la primera suspensión contra este Acuerdo, pues todas las otorgadas previamente, tanto por Gómez Fierro como por su colega Rodrigo de la Peza, fueron para frenar el Acuerdo del 29 de abril del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) que impedía conectar nuevas plantas de energías renovables al SEN.

El Acuerdo de Sener es mucho más amplio, tiene implicaciones para todos los productores privados, y fue publicado sin pasar por un proceso de mejora regulatoria, lo que habría provocado la renuncia, el mismo 15 de mayo, del titular de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), César Hernández.

“Que se suspendan todos los efectos y consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2020”, dice la orden judicial.

“En este último supuesto, los sujetos obligados en la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el SEN, entre los que se encuentran la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Cenace, deberán abstenerse de cumplir con las obligaciones generales y particulares del Acuerdo reclamado”, agrega.

Gómez Fierro también determinó que, para no generar un vacío normativo, deberá seguir vigente la anterior Política de Confiabilidad, expedida por Sener en 2017.

“Es importante precisar que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, están obligadas a cumplir con la suspensión provisional otorgada, aún en el supuesto de que no hubieren sido llamadas como responsables, por lo que deberán abstenerse de seguir los lineamientos que conforme al Acuerdo reclamado deben regir para el funcionamiento del SEN y de llevar a cabo las actividades que ahí se precisan”, enfatizó el juez, en aparente alusión a la CRE y el Cenace.

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