Córdoba.- La ley penal no contempla sanciones para la madre del joven, que la tarde del pasado martes se lanzÛ de un automÛvil en mo-vimiento, en calles de la unidad habitacional San Roman, y que tras varias horas de agonÌa perdiÛ la vida.
Se trata del joven Dani-el ìNî, quien tenÌa 16 aÒos y habitaba en la unidad habitacional mencionada. Era estudiante del CBTIS n˙mero 47, donde cursaba el cuarto semestre.
De acuerdo a informes obtenidos, los hechos se suscitaron la tarde del pasado martes, cuando el joven viajaba en un automÛvil, el cual era conducido por su madre, ya que aparentemente lo habÌa ido a recoger a la escuela.
Sin embargo, cuando faltaba poco para llegar a su vivienda, presuntamente la mujer entablÛ una discusiÛn con su v·stago, por situaciones que se desconocen, pero que aparentemente tenÌan que ver con la conducta del joven.
Cuando transitaban por el bulevar San Francisco, a la altura de la calle 49, el joven no soportÛ esa situaciÛn y tras abrir la portezuela de la unidad se arrojÛ al camino.
Al caer sobre el pavimento de concreto hidr·ulico, el menor se golpeÛ en los brazos y tambiÈn en la cabeza, por lo que sufriÛ traumatismo de cr·neo, y pÈrdida del conocimiento, de la que ya no pudo reaccionar.
ParamÈdicos le brindaron los primeros auxilios y luego lo tras-ladaron al hospital del IMSS, donde ingresÛ grave, y m·s tarde fue enviado a Orizaba, donde la noche del viernes perdiÛ la vida, y las autoridades ministeriales de aquella ciudad tomaron conocimiento del deceso.
En CÛrdoba, ninguna autoridad tomÛ conocimiento de estos hechos, ya que a pesar de tratarse de un hecho en el que se vio involucrado un vehÌculo, no hubo otro auto causante de esa situaciÛn, y adem·s se considerÛ un acto motivado por la vo-luntad del estudiante.
Artículo 135 del Código Penal
del Estado de Veracruz
Al conductor de un vehÌculo en movimiento, que con este prive de la vida, o cause lesiones culposamente a un ascendiente o descendiente, hermano, cÛnyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, no se le aplicar· sanciÛn alguna, siempre que al conductor no se le hubiere hallado en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, o cualquier otra sustancia.