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SCJN se reestructura: ¿Qué cambios trae la nueva administración?

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Con miras a garantizar un proceso de transición basado en los principios de transparencia, honradez y rendición de cuentas, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el Acuerdo General 3/2025. Este acuerdo establece los lineamientos para la entrega de la administración a la nueva estructura del Máximo Tribunal, que iniciará funciones en septiembre.

Dentro del acuerdo se incluyen disposiciones generales sobre la rendición de cuentas institucionales, así como la obligación de las personas servidoras públicas de la SCJN de presentar informes al separarse de su empleo, cargo o comisión. Para ello, se conformarán grupos de trabajo dedicados a la redacción de informes de labores, asuntos y documentación relevante que permitan dejar constancia del proceso de rendición de cuentas.

Calendario de sesiones del Pleno

El Pleno de la SCJN continuará sesionando públicamente los lunes, martes y jueves hasta el 27 de marzo. Entre abril y mayo, las sesiones se reducirán a los lunes y martes, y a partir de junio hasta el 12 de agosto, se realizarán solamente los martes. En cuanto a las sesiones privadas, se dejó abierta la posibilidad de celebrarlas durante agosto.

En lo que respecta a las sesiones públicas ordinarias de la Primera y Segunda Sala, estas se llevarán a cabo hasta el 28 de mayo y, posteriormente, pasarán a ser cada 15 días hasta el 13 de agosto.

Desaparición de las Salas y nuevos criterios de urgencia

Con la entrada en vigor de la Reforma Judicial el pasado 16 de septiembre, las dos Salas del Máximo Tribunal desaparecerán y todos los asuntos serán atendidos por el Pleno.

El Acuerdo General 3/2025 también establece criterios de urgencia para el trámite de ciertos asuntos, incluyendo amparos directos en revisión, casos donde los quejosos se encuentren privados de su libertad, juicios laborales o agrarios colectivos, controversias constitucionales con solicitud de suspensión y acciones de inconstitucionalidad en materia electoral. Además, se contemplan conflictos competenciales, impedimentos y otros procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Esta medida busca fortalecer la transparencia y eficiencia del Máximo Tribunal, asegurando una transición ordenada y un adecuado ejercicio de la justicia en el país.

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