La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que se debe ponderar si las y los adolescentes ejercieron libremente sus derechos sexuales en casos donde una persona mayor haya sostenido relaciones sexuales con ellos.
De acuerdo con una tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación del pasado 1 de marzo, en casos o señalamientos de agresión sexual en perjuicio de adolescentes, se debe “ponderar si pudo existir una situación de igualdad y libertad frente a la señalada como imputada”.