Sandra González
EL BUEN TONO
Orizaba.- El propietario o representante legal de la línea Gallo, que pertenece al ayuntamiento de Orizaba, y el conductor del autobús, podrían enfrentar una pena de 3 a 9 años de prisión y una multa de 400 a 600 días de salario mínimo, según el Artículo 272 BIS del Código Penal. Este Artículo establece que se sancionará a quien ofrezca o realice un servicio de transporte público sin contar con la concesión o el permiso respectivo expedido por la autoridad competente. Los tres autobuses de la línea Gallo están en poder de la autoridad ministerial.
Cabe recordar que la Ley aplica tanto para el conductor de la unidad como para el dueño o representante legal de la empresa, pues la autoridad municipal no cumple con los requisitos establecidos para cualquier prestador de servicio de pasajeros, ya que el servicio no es gratuito y el pasajero paga 5 pesos.
La sanción económica podría equivaler a una infracción de mil UMA, es decir, cerca de 100 mil pesos, aunque dependerá de la UMA que se aplique en la zona y de lo que determine la autoridad correspondiente.