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Robo de agua podría ser penado con hasta 5 años de prisión

Superiberia

Agencia.

Nacional.- Según el Código Penal del Estado, el hurto de agua se castiga con penas de uno a cinco años de prisión. Específicamente, el Artículo 209 Bis establece que “se impondrán de seis meses a tres años de prisión a quien sustraiga agua sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo. Cuando la sustracción tenga como finalidad obtener un lucro en beneficio propio o de un tercero, se impondrá de uno a cinco años de prisión”. Además, si la sustracción implica daños a la infraestructura de una red de abastecimiento, la pena aumenta a uno a tres años de prisión, y si afecta o suspende un servicio público, las penas se incrementan a dos a cinco años de prisión.

Por otro lado, la Ley Estatal del Agua también contempla severas sanciones administrativas para quienes utilicen tomas clandestinas. En su Artículo 88, la ley estipula diversas infracciones para los usuarios de sistemas hidráulicos, incluyendo “instalar o utilizar tomas clandestinas, derivaciones o conexiones no autorizadas de agua potable”. Las multas por estas infracciones, según el Artículo 89, oscilan entre 300 y 800 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 32 mil 571 pesos y 86 mil 856 pesos.

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