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¿Que necesita el futuro presidente para dejar de recibir protección?

Superiberia

Para que la seguridad de nuestro presidente no esté a cargo del Estado Mayor Presidencial (EMP) el Congreso debe modificar la Ley de Administración Pública Federal y la Ley del Ejército y Fuerza Aérea.

En términos jurídicos, administrativamente el Estado Mayor presidencial ya pertenece a la Sedena, aunque este cuerpo sea controlado por la presidencia.

“Los ciudadanos me van a cuidar y me van a proteger, y los medios van a actuar con orden para que de esta manera no esté yo rodeado de guardaespaldas”, aseveró.

Según el articulo 15 de la Ley Orgánica del Ejercito y fuerza Aérea Mexicanos, es un órgano técnico militar que auxilia al presidente de la República en la obtención de informacion general, originaba sus actividades y proporciona seguridad a el y su familia.

También funciona protegiendo a los jefes de Estado y de gobierno que visitan nuestro país, ademas de hacer la labor de inteligencia y contrainteligencia.

Todas estas tareas tienen como objetivo proteger a quien representa al Estado Mexicano ya que cualquier incidente en su contra podría alterar la estabilidad y seguridad nacional.

Principios de legalidad

Si bien las facultades del EM no se encuentran en la constitucion, sino en normas secundarias, para que López Obrador como presidente, pueda prescindir de esta seguridad es necesario que así lo diga la ley.

se deberá contemplar si este cuerpo también dejará de proteger a los expresidentes.

Preparación Especial

El EM también esta encargado de la flota aérea en la que se transporta el jefe ejecutivo.

Si Andrés Manuel López Obrador dice que ya no será necesario, entonces piensa viajar en aerolíneas comerciales, o en su caso, por tierra.

El andamiaje institucional del Estado Mayor

Según el articulo 5 y 6 del reglamento del Estado Mayor Presidencial, su organización interna es la siguiente: Tiene una jefatura, a cargo del general de brigada Roberto Miranda Moreno, quien se apoya en tres subjefaturas especializadas en seguridad, logística y temas administrativos.

Además cuenta con una contraloría, diez secciones, una ayudantía, cinco coordinaciones, dos unidades, un centro hospitalario, y un centro de adiestramiento y capacitación.

diez labores específicas:

  • Sección primera: Recursos Humanos
  • Sección segunda: Inteligencia y Contrainteligencia
  • Sección tercera: Organización y Protocolo
  • Sección cuarta: Logística
  • Sección quinta: Seguridad
  • Sección sexta: Eventos de la esposa del presidente
  • Sección séptima: Protección de personas
  • Sección octava: Protección personal del presidente
  • Sección novena: Seguridad de instalaciones
  • Sección de Transmisiones

cinco coordinaciones y las dos unidades

  • Coordinación general de Transportes aéreos presidenciales
  • Coordinación Administrativa
  • Coordinación de Mantenimiento
  • Coordinación de Promoción Deportiva
  • Coordinación de Promoción Social
  • Unidad de Asuntos Jurídicos
  • Unidad de Informática

Todo este complejo institucional debe ser reformulado en la legislación, para que el próximo mandatario dejara de recibir los servicios de esta institución de protección presidencial la cual funciona desde 1942.

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