CDMX.- A partir de este año, no se podrá ganar un juicio por rentas vencidas si el arrendador no demuestra que emitió los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDIs) correspondientes.
Con las modificaciones fiscales para 2020, el Poder Judicial exigirá que se compruebe la emisión de facturas para que un arrendador pueda demandar el pago de rentas.
“La autoridad judicial se convierte en coadyuvante del SAT para que al momento de emitir las sentencias para el pago de rentas vencidas se requiera haber emitido los CFDIs correspondientes”, comentó Roberto Colín, miembro de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
Además, la unidad judicial que lleve el caso deberá informar al SAT sobre la omisión en la emisión de CFDIs, cuando se presente la demanda.
Los cambios se establecieron en los recientes ajustes a la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que a partir de este año las personas que renten inmuebles deberán pagar impuestos si quieren pelear rentas vencidas por parte de sus arrendatarios.
En las justificaciones para la nueva medida, la Secretaría de Hacienda señaló que la tasa de evasión estimada en el ejercicio 2016 de personas físicas que obtienen ingresos por arrendamiento fue de 73.5 por ciento, el último dato disponible.
Según la dependencia, la medida tiene como objetivo impulsar el cumplimiento y fortalecer el estado de derecho.
Antes, para iniciar un juicio civil por rentas vencidas, sólo era necesario demostrar con un contrato que el inquilino no había pagado la renta. La nueva medida es una forma de incentivar el cumplimiento y eleva el costo que se enfrenta al no cumplir, explicó Jaime Rojas, socio director de Asesoría Fiscal Skatt.
CON INFORMACIÓN DE AGENCIA REFORMA