in

No paga IVA la comida casera

Superiberia

 

Orizaba.- Los impuestos generados a comidas rápidas son únicamente aplicables en establecimientos de autoservicio, no en puestos caseros, indicó el representante del comercio en pequeño, Guillermo Trujillo.

 

“Están fuera de esa norma todas las personas que adicionalmente, sobre todo en actividad nocturna, sacan sus implementos de trabajo para preparar antojitos de la región, es decir, no aplica a quienes preparan esto a nivel doméstico, sobre todo para sobrevivir en estos tiempos”, aseguró.

 

Exhortó a la población a verificar la indicación, pues este incremento no es aplicable en negocios caseros, “la información de la Secretaría de Hacienda, mediante un escrito señala que a partir del primero de julio serán gravados con el IVA de 16 por ciento aquellos productos que son considerados como comida rápida”, abundó.

 

Señaló que es desde hot dogs, nachos o productos de origen transnacional, los que tendrán que ser sometidos a estas modificaciones.

 

“Serán solamente las tiendas de conveniencia, las grandes cadenas comerciales en donde se compra el producto, se prepara ahí mismo y se lleva a algún lugar para su venta, solamente será ese rubro y de ahí en fuera todos los demás no tienen que pagar el impuesto”.

CANAL OFICIAL

El IVEA abatirá rezago

Orizaba perdió la paz