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CDMX.- El abogado fiscalista Marcelo Flores dio a conocer que a partir del próximo 31 de julio el Servicio de Administración Tributaria podrá aplicar multas de hasta 112 mil pesos e incluso hasta seis años de cárcel para los transportistas de carga que no cuenten con el CFDI de traslado y de ingreso que forman parte del Complemento Carta Porte.
Señaló que, adicional al problema de no deducibilidad de los fletes y la posible presunción de contrabando, existe la posibilidad de hacerse acreedor a una multa por parte de las autoridades tributarias.
“Si en la verificación que realice la autoridad competente no se exhibe la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI de traslado y de ingreso (Comprobante Fiscal Digital por Internet) con complemento Carta Porte que acredite el traslado de bienes y/o mercancías en territorio nacional, se incurre en una infracción que tiene como consecuencia una sanción que va de 880 a los 17 mil 030 pesos.”
Hizo un llamado a las más de 184 mil 774 permisionarios del transporte de carga de nuestro país para que pongan atención en este importante tema y se acerquen con especialistas para asesorarse y cumplir con esta disposición.
“Es muy importante que los transportistas tengan conocimiento si le corresponde o no expedir facturación electrónica con complemento Carta Porte, después que ajusten aspectos de carga administrativa de manera anticipada para encontrarse listos cuando las sanciones comiencen a aplicarse y hacer uso de las plataformas de facturación que les faciliten la captura de datos y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”, comentó.