Orizaba.– El Cabildo orizabeño aprobó por unanimidad la modificación del Artículo 136 y adicionar la Fracción IX al Artículo 177 del Reglamento de Ecología y con lo cual queda restringido el uso de cohetes, explosivos, petardos y otros objetos de naturaleza semejante, quedando prohibido en la zona urbana, de lo contrario, quien sea sorprendido detonándolos será arrestado por 36 horas y multado con 10 a 20 mil Unidades de Medida de Actualización (UMA).
Estando presentes los Ediles se dio lectura al documento que fue aprobado y en donde se indicó que será publicado en la Gaceta Oficial lo antes posible, en donde se explique que se permitirá el uso con motivos de las festividades o acontecimientos que se celebren por costumbre, y sólo previa autorización por la autoridad competente, en fechas tales como el 15 y 29 de septiembre, el 12 y 31 de diciembre, dejando en claro que para el permiso se requerirá acuerdo de Cabildo.
Personas y organizaciones sociales o religiosas que tramiten el permiso tendrán que presentar un escrito con 15 días de anticipación al evento, ante la Coordinación de Ecología, conteniendo la autorización expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para uso de explosivos.
El escrito deberá especificar el tipo de festividad, el nombre del responsable de las detonaciones y número y tipo de explosivos, copia de identificación oficial con fotografía, del solicitante y del responsable, original de la opinión favorable de la Coordinación de Protección Civil municipal.
“El solicitante, el propietario del vehículo, el poseedor o propietario del inmueble en donde se detone la pirotecnia, serán responsables de cualquier daño o perjuicio que se ocasione con motivo del permiso concedido, y responsables solidarios las personas físicas o morales que permitan el uso dentro de su propiedad o cualquier otro lugar en donde se tenga la posesión”, resaltó el secretario del Ayuntamiento, Cristian Pérez Espinosa.
Además, se indicó que el Ayuntamiento sólo permitirá el uso, siempre y cuando sean única y exclusivamente recreativo, es decir, artefactos pirotécnicos que presenten un riesgo muy reducido o medio y que están diseñados para áreas confinadas, aire libre en áreas amplias y abiertas.
Dejaron en claro que las violaciones a las disposiciones dejarán espacio para aplicar sanciones, tales como una multa de 10 a 20 mil UMA, por incumplimiento al Artículo 136 al infractor y solidario, y a la persona que detone el explosivo, además de la multa, será arrestado hasta por 36 horas sin derecho al pago de sanción.
Reciben rendimientos financieros
Previamente, JMDiez@elAlcahuetedeCabreraZavaletayStadelmann informó que recibieron de rendimientos financieros 680 mil pesos de intereses, por lo recaudado en las multas y que en promedio se estiman en 144 mil pesos.
Además, indicó que el sexto mercado y el más pequeño de los que hay en la ciudad, el de Santa Gertrudis, está recaudando 15 mil pesos mensuales (por estar dos días a la semana) por el cobro de permiso a los comerciantes, es decir, casi igual cantidad que el Melchor Ocampo y el Emiliano Zapata, pues se reciben 19 mil pesos mensuales, esto a pesar de que tienen un mayor número de locatarios, mientras que se están recibiendo del Cerritos 300 mil pesos.
“Para que vean la incongruencia y cómo subsidiamos a la gente, la ciudadanía es la que subsidia a los comerciantes de los mercados, que de todo se quejan y se oponen, no pagan, recibimos más dinero de un mercado chiquito”, refirió.
Lo anterior, en el marco de la aprobación del estado financiero de enero de 2017 y en donde se aceptó dar de alta las acciones a realizarse en el programa de inversión de obras y subsidios para el programa de Fortalecimiento para la Seguridad, con un techo financiero de 10 millones de pesos.