Córdoba.- La coordinadora de Prevención del Delito, es también Secretaria General del PRI y será regidora Sexta en la próxima administración municipal.
Según los artículos 9 y 74 del Código Electoral Veracruzano, Mirna Puertos Tinajero está impedida para ejercer un empleo de Gobierno ya que mantiene una licencia sin goce de sueldo hasta que concluya el proceso electoral, es decir, hasta que se terminen de resolver la última de las impugnaciones en los tribunales.
Sin embargo, sigue apareciendo dentro del organigrama en la página oficial del Ayuntamiento y se le ha visto en su oficina trabajando normalmente, aún cuando está impedida legalmente para percibir un sueldo. La ex servidora pública no podría alegar que se presenta al Ayuntamiento sin cobrar, ya que también la Ley Federal del Trabajo establece que el sueldo es irrenunciable.
Por ello, en el caso de que se le imputen actos violatorios a la Ley Electoral, podría ser sancionada conforme al mismo, aparte de los delitos que le sea encontrados por la transgresión a las normas electorales y penales.
¿Ingeniero Rivas, qué hará ante esto?
El Buen Tono