CDMX.- Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dio a conocer su voto particular del caso ‘Ley Bonilla‘, el cual es un “importante precedente en el que la SCJN impidió un claro fraude a la Constitución”.
A través de su cuenta de Twitter, el ministro Zaldívar Lelo de Larrea afirmó que con su trabajo, la Corte y el Poder Judicial de la Federación (PJF) acreditan su independencia y compromiso con la Constitución y los Derechos Humanos.
Ante dicho panorama, explicó las razones por las que estuvo a favor del fallo y de declarar la invalidez del decreto impugnado
“Como mencioné, coincido con el proyecto en que el Decreto impugnado viola todos y cada uno de los principios constitucionales señalados en la sentencia. Sin embargo, considero que vistas en su conjunto todas estas violaciones configuran en realidad una grave violación al ‘principio democrático’ en el que descansa nuestro régimen constitucional y, en última instancia, un gran ‘fraude a la Constitución’”, aseveró el ministro.
Agregó que lo anterior representa actos o normas que en apariencia pretenden cumplir con el texto constitucional, pero en realidad transgreden su contenido y esencia, así como los principios que ésta consagra.
“Considero que la reforma impugnada en el presente caso constituyó un verdadero ‘fraude a la Constitución’, pues bajo la apariencia de que estaba actuando en uso de su facultad legislativa y en ejercicio de su competencia para legislar sobre su organización política y electoral, el constituyente de Baja California pretendió eludir los principios democráticos de certeza y legalidad electoral (…) Todo ello, al alterar los resultados de un proceso electoral concluido y decretar que un Gobernador electo por dos años, ejercería el cargo por cinco”, dijo.
Zaldívar indicó que es evidente que la ampliación del mandato de Jaime Bonilla en Baja California, de dos a cinco años, “configuró una elusión al mandato de certeza y legalidad en materia electoral consagrado en el artículo 105, fracción II, último párrafo, constitucional y, con ello, un fraude a la Constitución General”.
Afirmó que la “reforma impugnada entrañó un fraude al voto público y una violación a la soberanía popular, en contravención a los artículos 39, 40, 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Señaló que la democracia no se agota en las urnas, toda vez que también implica el respeto absoluto a la voluntad del pueblo, con lo que se pretendió “dar la vuelta a todos y cada uno de los principios que nuestra Constitución establece para proteger la integridad del sistema democrático“.