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La SCJN rechaza el poliamor en el matrimonio

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AGENCIA

Nacional.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha rechazado la inclusión de más de dos personas en un matrimonio, al revocar el amparo concedido a un ciudadano de Puebla para establecer una relación “poliamorosa”.

En mayo de 2021, el Juez Pedro Arroyo Soto, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales, concedió un amparo al quejoso, basándose en criterios previamente establecidos por la Primera Sala de la Corte, la cual ha afirmado que la Constitución protege todas las formas y manifestaciones de familias que existen.

Sin embargo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, responsable del proyecto de resolución, argumentó que las relaciones “poliamorosas” no tienen una gran presencia en la sociedad mexicana y podrían generar situaciones desiguales y de discriminación, especialmente hacia mujeres, niñas y niños.

El ministro enfatizó que, en caso de que la figura del “poliamor” creciera en la sociedad, debería ser regulada por los Congresos locales para proteger los derechos de sus integrantes y evitar situaciones de desventaja.

Recordó además que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha establecido la importancia de la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, ya que las relaciones poligámicas pueden derivar en desigualdades, como en el caso de la poliginia, donde el hombre tiene varias esposas simultáneamente.

En consecuencia, la Primera Sala del máximo tribunal del país ha avalado, por mayoría de votos, el proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, rechazando la regulación de la inclusión de tres o más personas en un solo matrimonio.

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