¿Qué hubiera pasado si el Congreso modificaba la regla de preponderancia? ¿Cuáles hubiesen sido los efectos de definir esa figura por servicios y no por sector? ¿En qué horizonte se encontraría la intención de promover mayor competencia en la radiodifusión y en las telecomunicaciones?
La reforma constitucional otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones una serie de mandatos de regulación ex ante de los agentes económicos que participan en radio, televisión abierta y restringida, telefonía e internet. ¿Por qué regulación ex ante? Porque su propósito es diluir situaciones fácticas de alta concentración de mercado para transitar a ambientes competitivos. Una práctica común —y deseable— de las políticas de liberalización de mercados. En efecto, las experiencias exitosas en el mundo sugieren que no sólo es importante establecer las reglas del juego a las que deberán sujetarse los actores económicos y, en particular, las atribuciones de los reguladores para prevenir y sancionar conductas o prácticas monopólicas, sino también corregir distorsiones persistentes en los sectores que se pretenden liberalizar. En buena medida, esas distorsiones son saldos de la realización directa y excluyente de ciertas actividades económicas por parte del Estado. En el caso mexicano, la forma en la que se condujeron los procesos de privatización de la televisión, en los años sesenta, y de la telefonía, en la década de los noventa, provocó que los monopolios públicos se convirtieran, sin más, en monopolios privados, con las sabidas consecuencias en términos de influencia política de los agentes económicos, así como en el acceso y precio de los servicios. La privatización de las otrora empresas públicas no se hizo bajo lógicas de competencia: cambiaron únicamente de manos sin un esfuerzo regulatorio que atemperara sus efectos. De esta forma, por muchos años, padecimos monopolios privados y órganos reguladores profundamente débiles para contenerlos.
Así las cosas, el primer objetivo de la reforma en radiodifusión y telecomunicaciones era corregir el statu quo, es decir, la situación monopólica de hecho. ¿Cómo hacerlo? Había básicamente tres vías. En primer lugar, esperar a que el nuevo instrumental en materia de competencia generase hacia el futuro los incentivos al redimensionamiento de los actuales agentes monopólicos y el surgimiento de nuevos jugadores. Esta opción implicaba, sin duda, la petrificación del statu quo. En segundo lugar, recurrir a otras soluciones, particularmente de derecho público, para reordenar los sectores: expropiar, de forma total o parcial, las empresas para darles vitalidad competitiva, revocar o modificar las concesiones, o bien, crear un agente público potente para incidir en los mercados. Esta alternativa implicaba un largo y costoso recorrido, en términos de impugnaciones y de recursos. En tercer lugar, recurrir a un régimen especial de regulación asimétrica, esto es, obligaciones concretas a cargo de los agentes económicos para disminuir su tamaño, eliminar barreras naturales de entrada o, en general, debilitar su capacidad para determinar la oferta e incidir en el precio. Si bien esta ruta ofrecía más certeza y un horizonte menor de tiempo, albergaba el riesgo de las estrategias litigiosas de los potenciales afectados. Para evitar ese riesgo, se incorporó un vetusto régimen transitorio en el decreto de reformas constitucionales: obligaciones asimétricas autoaplicativas, mandatos al legislador y al órgano regulador, reglas de política industrial, etcétera. Entre esos contenidos se incluyó la atribución del IFT de declarar al actor preponderante, no en servicios o mercados individualizados, sino en los dos sectores motivo de la reforma, es decir, en el conjunto de servicios. Y es que la tecnología impone una tendencia que no puede alterar la política: la posibilidad de que una misma tecnología pueda ser utilizada para ofertar una serie de servicios.
De haber alterado la regla de preponderancia por sector, las resoluciones del IFT emitidas en cumplimiento de ese mandato se hubieren anulado. América Móvil/Telmex no hubiere tenido barrera a la televisión restringida. No habría tenido impedimento para comprar Dish o prestar directamente ese servicio con su actual capacidad instalada. Muy probablemente habría quedado obligada a disminuir su participación de mercado en telefonía fija y móvil e internet, pero, en contrapartida, habría crecido de forma horizontal hacia el triple play. En pocas palabras, nuevas concentraciones, baja competencia y los mismos precios. El statu quo, en suma.
La reforma, en sus propósitos y racionalidad, ha mostrado pertinencia. El agente preponderante ha decidido “achicarse” para seguir creciendo. Una estrategia que valoró bien el mercado. La mejor prueba de que acatar las reglas del juego es el camino correcto.