Xalapa.- Las empresas de grúas no pueden cobrar por arrastre y maniobra una cantidad mayor al costo de la infracción con la que sea sancionado el automovilista, de acuerdo con el decreto que fue publicado el día de ayer en la Gaceta Oficial del Estado, informó el director de Tránsito Estatal, Luis Emilio Díaz Ibarra.
“En teoría no pueden cobrar más de lo que le vayan a cobrar por multa, eso es específicamente lo que dice la infracción al Reglamento”.
“La infracción más económica es de aproximadamente 300 y fracción de pesos, sin descuento, estaríamos hablando que lo mínimo o lo máximo que pudiera cobrar una grúa son 300 y fracción, por el concepto de arrastre. A eso habría que agregarle lo que cuesta el corralón diario, que es aproximadamente entre 80 y 90 pesos”, explicó. El director de Tránsito señaló que esta disposición ya está vigente, por lo que los operadores de grúas deben acatarla. Indicó que hasta el momento no se han presentado quejas, pero en caso de que haya, los automovilistas deben acudir a la Dirección General de Tránsito y Vialidad y a la Dirección de Transporte del Estado.