México, D.F.- Durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de este lunes, los ministros Jorge Pardo y Fernando Franco hicieron notar la existencia de una contradicción en la Constitución respecto a la reforma que permite las candidaturas independientes a puestos de elección popular.
González Salas detalló que entre los artículos 116 y 35 de la Constitución existe una antinomia constitucional -contradicción entre dos preceptos legales- debido a que al reformar el artículo que permite a la ciudadanía acceder a cargos de elección popular a través de candidaturas independientes, los legisladores omitieron reformar también el artículo 116, el cual mantiene una redacción anterior en donde se le deja a los partidos políticos “el monopolio de las candidaturas y del registro”.
Por su parte, al discutir una acción de inconstitucionalidad promovida por el PRD en Durango, el ministro Sergio Aguirre sostuvo que no percibía dicha contradicción en la Carta Magna, y que probablemente los legisladores metieron “con calzador” algo que era clamor general y probablemente en cumplimiento de la sentencia del caso Castañeda Woodman.
Esta fue la primera ocasión en que el máximo tribunal del país se pronunció sobre el tema de las candidaturas ciudadanas, figura incorporada al sistema electoral mexicano con motivo de la reforma, del nueve de agosto de este año al artículo 35 de la Constitución y a partir de la cual se reconoce el ejercicio del derecho al voto pasivo de los ciudadanos en lo individual, y no únicamente por medio de los partidos políticos.
AGENCIAS