Un día feriado (festivo) es uno no laborable en el que cada persona trabajadora debe tener descanso obligatorio, pero algunas profesiones pueden solicitarles que laboren. En este caso, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo contempla que quienes sean patrones deben determinar en conjunto con sus empleados cuántas personas se requieren en el establecimiento.
Las personas que trabajen este día deberán recibir una remuneración independiente del salario que les corresponde. El artículo 75 de la Ley determinó que “los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado“.