in

Energía: tocar o no la Constitución

Superiberia

En los siguientes días será presentada la iniciativa de reforma energética del presidente Peña Nieto ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Al mismo tiempo, las juntas de Coordinación Política de diputados y senadores estarán definiendo los capítulos que integrarán el periodo extraordinario que se realizará, en principio, a partir del 19 de agosto, en el que existen varios, muchos puntos trascendentes por abordar, desde la leyes reglamentarias de las reformas educativas y de comunicaciones hasta un reforma política que el PAN y el PRD quieren que se dé antes que la energética.

Todos estos son temas centrales de nuestra agenda, pero sin duda la reforma energética y la posterior reforma fiscal son el eslabón que permite jalar de todo el resto de la cadena. Ya conoceremos en las próximas horas la iniciativa del gobierno federal, pero no es ninguna novedad preveer que buscará un equilibrio entre la sólida propuesta del PAN y la que presentó Cuauhtémoc Cárdenas y que ha sido avalada por la dirigencia del PRD (con la oposición, hay que recordarlo, de López Obrador y aparentemente de Marcelo Ebrard, aunque el ex jefe de Gobierno estuvo a regañadientes en el acto de presentación de esa iniciativa).

¿Es posible encontrar equilibrios entre estas propuestas? Sí, porque en la de Cárdenas hay muchos puntos compartibles aunque algunos serán casi imposibles de alcanzar, sobre todo, si no se plantea algún cambio en la Constitución. Como ya lo hemos dicho y el propio Cárdenas lo ha declarado, el mantener la propiedad del petróleo o de Pemex no implica que la empresa paraestatal no se pueda aliar con otras empresas o establecer (ése es un agregado nuestro) contratos de riesgo para exploración o explotación en aguas profundas; no cambia en nada la propiedad pública de Pemex el que existan ductos construidos y operados por capital privado ni contar con mecanismos mucho más eficientes que los actuales para el transporte, la refinación y cualquiera de las otras actividades del sector. ¿Todo lo debe hacer Pemex (o la CFE) sin ayuda, apoyo o asociación del capital privado? Evidentemente no y tampoco es deseable que así sea.

El tema está en el artículo 27 constitucional que en su parte medular, relacionado con el petróleo, dice que: “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines”.

Podría haber reformas sin tocar el artículo 27, pero sería muy acotada y le restaría seguridad jurídica a los potenciales inversionistas. No se puede atar el desarrollo de un país a decir que “no se otorgarán concesiones o contratos” en el sector o que “corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica”. 

Esos puntos pueden modificarse sin afectar en absoluto el centro conceptual del mismo artículo 27, cuando sostiene que “corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales sólidos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fije el derecho internacional”. 

Ese párrafo que, insistimos, es el corazón conceptual del artículo 27 no tiene por qué ser modificado. Pero, como ha ocurrido en otros ámbitos, sí puede sufrir modificaciones en el capítulo de concesiones o contratos, o en el de generación de energía eléctrica sin afectar un ápice la soberanía.

En energía no se necesita privatizar Pemex, es necesario quitar el corset ideológico y elegir como decía ayer en estas páginas Federico Reyes Heroles (es un placer compartir ahora estas páginas con Federico, con María AmparoCasar y con Carlos Elizondo), entre un México abierto y competitivo o el México de los mitos y tabúes.

CANAL OFICIAL

Deja Erick Lagos el PRI

Consumo legal de marihuana