AGENCIA
Veracruz.- A partir de este jueves, el Código Penal de Veracruz incluye una nueva tipificación del delito de “violencia ácida”, con un enfoque específico en la protección de las mujeres. Esta reforma, aprobada por el Pleno del Congreso del Estado y que entra en vigor hoy, busca castigar los actos que impliquen el uso de sustancias corrosivas, ácidas o tóxicas para causar daño físico irreversible.
El delito de violencia ácida se define como cualquier acción que implique arrojar ácido, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas, o cualquier otro agente que pueda provocar lesiones internas o externas. Las penas para este delito van de 8 a 12 años de prisión y multas que oscilan entre 300 y 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (32 mil 571 a 75 mil 999 pesos).
Además, se considera tentativa de feminicidio si las lesiones causadas incluyen resección parcial o total de las mamas, alteraciones en el aparato genital, daño en la autonomía sexual, deformidades permanentes, pérdida de capacidades como el oído, vista o habla, o incapacidades permanentes para trabajar.
Las instituciones de salud están obligadas a informar de inmediato al Ministerio Público sobre todos los casos de lesiones provocadas por ataques con ácido o sustancias corrosivas. La reforma al artículo 147 del Código Penal de Veracruz está diseñada para enfrentar una de las formas más extremas de violencia de género, en la que se utilizan estos agentes para desfigurar, mutilar o matar a la víctima.
Asimismo, la pena para los delitos de violencia ácida se incrementará hasta en una mitad si las lesiones son cometidas contra una mujer en razón de su género. Esto aplica especialmente en casos donde el agresor tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva, laboral, docente o de confianza con la víctima, o cuando existan antecedentes de violencia de género.