Córdoba.- Al momento de registrar al recién nacido, se puede asignar primero el apellido de la madre. El encargado del Registro Civil en Córdoba, Omar Bautista, explicó que el único requisito es que los padres estén casados. La SCJN ha sentado un precedente histórico al declarar inconstitucional la obligación de registrar a los hijos con el apellido paterno primero. Esto ha abierto la puerta para que los padres en Córdoba puedan elegir el orden de los apellidos de sus hijos. La SCJN concluyó que obligar a que el apellido paterno vaya primero es “inconstitucional porque viola la igualdad entre el hombre y la mujer”.
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