Córdoba.- Representantes legales de la compañía periodística “El Buen Tono”, promovieron ante el Juzgado XII de Distrito de Córdoba, una demanda de amparo en contra de actos de la Secretaría de Seguridad Pública, al desacatar una orden de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos en Contra de la Libertad de Expresión (FEADLE), debido al retiro de la vigilancia y resguardo de las instalaciones, y por no garantizar el seguridad del dueño.
Los argumentos del amparo, son entre otros, que el pasado 6 de noviembre del año 2011, un grupo de rufianes armados enviados por Reynaldo Bernardi Castelán, incendiaron las instalaciones del citado periódico, por lo que el propietario, denunció los hechos ante la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos en Contra de la Libertad de Expresión, dependiente de la Procuraduría General de la República (PGR), instaurándose la querella A.P.115/FEADLE/2011.
Dentro de esa investigación ministerial, la FEADLE ordenó al secretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita, mediante el oficio 231/MPFEADLE/-4/2011, medidas cautelares de protección y auxilio, a favor del representante legal y de las instalaciones de la empresa.
Esta medida, se concretaría a través de la Secretaría de Seguridad Pública, con la finalidad de prevenir la comisión de algún ilícito, tendiente a vulnerar la seguridad del ofendido, así como proteger sus bienes e intereses jurídicos, evitando hechos violatorios de los derechos humanos, hasta que se resuelva el caso.
Hasta el día de hoy jueves la compañía periodística “El Buen Tono”, carece de vigilancia de la Policía, por lo que fue interpuesto un juicio de amparo ante el Juzgado XII de distrito con residencia en Córdoba, bajo el expediente número 758/2013, reclamando la abstención de proporcionar medidas cautelares de protección y auxilio, e incumplimiento del oficio 231/MPFEADLE/-4/2011 emitida por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos en Contra de la Libertad de Expresión (FEADLE).
El fundamento del amparo es que “el proceso penal tendrá por objeto el esclarecimieto de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, y que los daños causados por el delito se reparen, así, el Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todos los sujetos que intervengan en el proceso.
Corresponde al Ministerio Público de la Federación ordenar a la Policía que brinde protección a personas respecto de las cuáles exista un riesgo objetivo, para su vida, por su intervención en procesos penales del orden federal”.