in

Desacata Tomás resolución de Juez

Superiberia

5

Córdoba. – Desacata resolución Judicial Tomás Ríos Bernal, por lo que podrían iniciarle proceso de desafuero y destitución, no solamente contra él, sino también incluye al director de Obras Públicas, José Javier Medina Rahme y el síndico Único, Jorge Alberto García Hernández; en caso de no cumplir la sentencia definitiva ante un amparo interpuesto en el Juzgado Decimo Sexto de Distrito con sede en Córdoba, el 10 de julio del 2015, que promueven empresarios.

 Dicho amparo versa sobre los actos realizados en la administración de Juan Antonio Lavín, en el 2009, quien violentando todos los derechos de los propietarios de la empresa Súper Gas de Córdoba S.A. de C.V., otorgó el permiso para que la gasolinera Los Cafetos construyera sobre los accesos ya establecidos del primer negocio.

Fue en el 2011 que a través de un amparo se obtuvo la resolución para obligar al Ayuntamiento, siendo  alcalde Francisco Portilla, hacer la instalación de una malla en los accesos de dicha empresa, que se hizo en diciembre de 2012.

 A finales del año 2012, la familia Libreros tramitó y obtuvo el permiso para un acceso de la Secretaria de Comunicaciones en Veracruz, en sólo 10 días de manera exprés.

Para el 6 de enero de 2013 derribaron la malla y nuevamente el municipio se negó a intervenir.

 Sin embargo, después de que el Juzgado Federal Decimo Sexto de Distrito, con sede en Córdoba, ordenó en sentencia el 10 de Julio del 2015, restablecer el daño a la actual administración encabezada por Tomás Ríos Bernal.

Lejos de enmendar el daño, denunció a los propietarios de dicha gasolinera con el pretexto de exceder su construcción, incumpliendo el Ayuntamiento nuevamente el mandato judicial. De acuerdo con Gerardo Gaytán Polanco dijo: “No entiendo cuál es el interés de las autoridades, tanto municipales como de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de Veracruz, que en lugar de resolver un conflicto entre particulares, lo cual está dentro de sus atribuciones, se echan la bolita entre ellos y retrasan el tomar una decisión o acción favoreciendo con su omisión a una de las partes”.

 Después de que en el 2015 la parte contraria apelara la sentencia del Juzgado Decimo Sexto, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, ratificó el 14 de enero del 2016, en el expediente número 265/2015 otorgando la Protección de la ley a la empresa Súper Gas de Córdoba S.A. de C.V., ordenando al Ayuntamiento a construir sus accesos, sin que hasta el momento lo realice. “Un tercero ha estado utilizando el acceso del cual somos permisionarios por más de siete años, sin que recibamos alguna contraprestación ante la complacencia de las autoridades mencionadas”, señaló Gaytán Polanco.

CANAL OFICIAL

Son ataques de abeja los que combaten Bomberos

Imparable, violencia contra las mujeres