- Tabasco pretendía sancionar protestas.
- Los tabasqueños podrán seguir manifestándose sin problemas.
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó parcialmente las reformas al Código Penal de Tabasco, que pretendían sancionar conductas en protestas y manifestaciones, como el bloqueo a vías de comunicación u obras en construcción, llamada “Ley Garrote” de la entidad.
En sus argumentos, el presidente Arturo Zaldívar, dijo que su aprobación llevaría a criminalizar el ejercicio del derecho a la protesta social de las personas.
Los ministros se pronunciaron por invalidar las reformas promovidas en 2019 por el ex gobernador tabasqueño, Adán Augusto López.
El pleno se manifestó por la inconstitucionalidad de los artículos reformados del Código Penal de Tabasco, en los que se tipificó como delito el impedimento de trabajos en obras públicas.
En el ordenamiento se manejan conceptos como “tratar de impedir” y “obstruir”, lo que a juicio de la corte es inadecuado.