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Caro Quintero y la pena de muerte

Superiberia

Me queda muy claro que mi opinión va a molestar a muchos porque resultará políticamente incorrecta. Me referiré a la liberación de Rafael Caro Quintero, ex líder del cártel de Guadalajara junto con sus compañeros y amigos Miguel Ángel Félix Gallardo y Ernesto Fonseca Don Neto.

En ningún momento quiero exculpar de su responsabilidad a este personaje. No considero que los años en la cárcel borren la estela de sangre y el salvajismo de los crímenes cometidos. Tampoco creo que los 28 años en prisión puedan consolar a Eve, la viuda de John Clay Walker, un ex infante de Marina pensionado que se trasladó a México, en donde los dólares podrían servir más para mantener un cierto nivel de vida y escribir un libro. Aquí se hizo amigo de Albert Radelat, un dentista de Texas. Ambos fueron presuntamente confundidos con agentes encubiertos de la DEA. Según algunas versiones, ellos pudieron haber entrado a un lugar llamado The Lobster, en Guadalajara, un caro restaurante en donde Caro Quintero celebraba. Al ser confundidos con agentes encubiertos fueron secuestrados, torturados y asesinados. Eve y sus hijas han llorado a John durante los últimos 30 años y sin duda la liberación es sal sobre la herida.

Las razones de su libertad, 12 años antes de cumplir su sentencia, son muy técnicas. Básicamente, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en el estado de Jalisco consideró que un juez federal no era la autoridad facultada para juzgar a Quintero, toda vez que los delitos cometidos eran del fuero local. Obviamente, la PGR ha interpuesto un recurso inconformándose con esta determinación.

Por otro lado, existen dos beneficios de preliberación que, de alguna forma, podrían haber aplicado al caso de Caro Quintero. Uno de ellos es la libertad preparatoria que se tiene que tramitar ante el comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, hoy dependiente de la Secretaría de Gobernación. Se puede aplicar, según el artículo 84 del Código Penal Federal, al cumplir tres quintas partes de la pena, es decir, en este caso 24 años de 40. Evidentemente no creo que el órgano encargado de tomar la determinación concediera el beneficio, atentos a la peligrosidad del solicitante. Existe también la remisión parcial de la pena, que significa que por cada dos días de trabajo se perdona un día de pena, siempre y cuando el reo observe buena conducta y participe regularmente en las actividades de la prisión. Quizá para este beneficio Quintero sí podría reunir méritos suficientes, aunque, insisto, por corrección política sería inimaginable que se le concediera.

Independientemente del dolor de los parientes de las víctimas y el daño que causó a la sociedad: ¿son suficientes 28 años para readaptar a un peligroso delincuente? Si la respuesta es no, tenemos que repensar todo el sistema de readaptación social, porque con menos fama, pero igual peligrosidad, hay muchos delincuentes que hoy están de nuevo en las calles, habiendo purgado una pena menor. El valor ejemplificativo y disuasivo de la pena quizá tampoco está cumplido en este caso y en casos como el de Cassez. Pero de nuevo nos lleva a pensar en la reclusión y readaptación en México. Nos lleva incluso a poner sobre la mesa que si 28 años no son nada, entonces seriamente debemos entrar al debate de la pena de muerte.

Con propiedad, la PGR impugna la determinación del Colegiado y dice el procurador que Estados Unidos no puede extraditar a Caro por el homicidio de Camarena, pues el reo ha sido juzgado en México por el delito. No obstante lo anterior ha regresado a la lista de los más buscados de la DEA, como usted lo puede comprobar en su sitio de internet, y precisamente por un delito por el que, aunque quiera, el gobierno de México no puede entregarlo. Mientras tanto viaja como un ciudadano libre y común. En avión de línea y a la luz de todos. El martes 20 de agosto por la mañana abordó el vuelo 2062 de una filial de Aeroméxico con destino a Ciudad Obregón y su regreso indicaba que volvería a la Ciudad de México en el 2063 que arribaba a las 23:49 horas del 23 de agosto. Al momento y pese al coraje de la DEA, así lo puede hacer.

 

La Ciudad de México tiene nuevos dueños y son los maestros. El viernes pasado me encontré en un restaurante al ex gobernador de Oaxaca Ulises Ruiz, el mismo que ha sido acusado de muchas cosas, de las cuales varias son verdad. De lo que no se le puede acusar es de ceder a los designios de estos barbajanes que nos tienen secuestrados, salvo que el Gobierno Federal, en aquel entonces panista, lo dejó solo. Hoy es difícil que se le quite la sonrisa. Recomienda al jefe de Gobierno que rápido se defina y en esa definición ofrezca utilizar la fuerza pública cuando le sea solicitada por el Gobierno Federal, a fin de cuentas el patrón de los delincuentes con fachada de docentes. Porque al día de hoy los ciudadanos no paran de culparlo del grave trastorno en sus vidas por bloqueos y actos de diversa índole. Dice Jesús Murillo Karam y con razón: “Generalmente, y lo vemos en la historia del mundo, los gobiernos débiles utilizan la fuerza, los gobiernos fuertes son capaces de ser tolerantes…”. Sin duda, pero los gobiernos que no aplican la ley tienden a volverse débiles.

 

En el estribo. 

 

Hablando de aplicación de la justicia, se encienden focos rojos en el Tribunal Superior de Justicia del DF, pues no es la primera vez que el juez 56o. de lo Civil no hace nada más lo que le aconseja Marco Antonio Silva, su secretario de acuerdos, siendo estas decisiones alejadas de la legalidad. Esto ha causado desconcierto en los litigantes, pues no entienden el sentido de las resoluciones tanto en acuerdos de trámite como de relevancia. Lo anterior ha derivado en muchas quejas, las que aún no han sido oídas ni por el Consejo de la Judicatura local ni por el presidente del Tribunal.

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