- Muchos derechohabientes no saben que al morir uno de sus familiares afiliados al Seguro Social pueden solicitar este apoyo
Orizaba.- A fin de brindar una ayuda a los derechohabientes, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga un monto económico de gastos funerarios como parte de sus prestaciones económicas.
En caso del fallecimiento del asegurado o pensionado, la prestación se determina considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha del fallecimiento.
Los requisitos son que el familiar del pensionado o asegurado fallecido debe presentar son: identificación oficial con fotografía que puede ser credencial vigente del INE, pasaporte, cédula profesional o cartilla militar del solicitante.
En cuanto a la documentación del asegurado o pensionado fallecido deben presentar cualquier documento o medio de identificación oficial emitido por el IMSS, Infonavit o Afore que contenga el número de seguridad social y el nombre completo y correcto, y la Clave Única de Registro de Población (CURP).
Así como también la cuenta original de los gastos de funeral generados, factura o documento fiscal que avala el pago de estos servicios, que incluya ataúd, cremación, embalsamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicios de traslado, además es indispensable el acta certificada de defunción.
Es conveniente que la factura contenga los datos de la persona que realizará estos trámites ante el IMSS para solicitar la ayuda de gastos del funeral; en caso de no haber algún faltante u objeción de los documentos, en un período relativamente corto la institución realizará el depósito bancario a nombre del solicitante.
Para hacer válida esta prestación, el asegurado o pensionado al momento de fallecer debió encontrarse vigente en sus derechos y que al deceso tenga un registro mínimo de 12 semanas de cotización en los nueve meses previos, cuando la muerte es consecuencia de un accidente de trabajo, no son necesarias semanas de cotización
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aclara que con el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización, debiendo realizar este trámite en los servicios de prestaciones económicas de su unidad de medicina familiar en horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.