- Código Fiscal de la Federación
CÓRDOBA.- La vicepresidenta del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), en la zona Córdoba-Orizaba y del Colegio de Contadores en la región Centro, Aracely Hernández Hernández, manifestó que la reforma al Artículo 5 del Código Fiscal de la Federación es la más agresiva, debido a que a criterio de la autoridad fiscal podrá decir qué gastos y cuáles no son deducibles, además de penalizar la razón de negocios.
Dijo que se conoce que “la autoridad está emprendiendo con mayor porcentaje la fiscalización de las empresas, e incluso, de las revisiones fiscales que lleva a cabo la autoridad, por lo menos un 40 por ciento de las empresas tienen determinación de crédito fiscal y posiblemente mucho más, a lo mejor podría ser un 60 o 70 por ciento”.
Detalló que con la aprobación de los cambios en la Ley Federal de Derechos y en la Miscelánea Fiscal y que contiene nuevas atribuciones del Servicio de Administración Tributaria, en el apartado de la razón de negocios “la autoridad podrá dentro de su juicio y fiscalización, designar que tus gastos no son deducibles o bien a criterio de la autoridad designe que eso que tu llevaste a gasto, no lo es, que ahora es activo fijo o diga que no es estrictamente indispensable”.
Relató que en estos momentos hay controversia por “un criterio que emitió un Juez, en el que señala que las asesorías fiscales o el pago de esos servicios no los consideró estrictamente indispensable, si el contribuyente decide recurrir con un experto externo en la materia o para defenderse de una resolución emitida por una autoridad y simplemente emite un criterio y decide ponerlo como que no es un gasto indispensable, llama mucho la atención porque el contribuyente no es conocedor de la materia fiscal y de las leyes que le aplican, las que se aprueba, el contribuyente únicamente se dedica a vender y esa es su preocupación”.
Destacó que a esto se le podrá encuadrar con la famosa razón de negocios, es decir, “cuando la autoridad cambia la interpretación y la interrelaciona, entonces, por ese hecho, en esta nueva reforma en donde le derogaron un pequeño párrafo tan importante ahora la autoridad podrá encuadrarlo con un esquema penal, es decir, podrá emitir una querella, porque si tú te llevaste a un concepto no deducible o porque la autoridad considere que no debiste haberte aplicado cierta deducción pudiera llegar a la querellar”.