Córdoba.- En el 2015 sólo siete delitos generarán la prisión preventiva, tales como el secuestro, homicidio, robos, entre otros, de acuerdo al nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, que entrará en vigor al 100 por ciento en los distritos en que se ha puesto en práctica el nuevo Sistema Penal Acusatorio, por ello se están tomando medidas para evitar que se amparen los presuntos culpables.
El procurador de Justicia del Estado de Veracruz, Luis Ángel Bravo Contreras, expuso en conferencia de prensa que “con el nuevo Sistema Penal Acusatorio la prisión preventiva es la excepción, no la regla como es actualmente; en la gran mayoría de los delitos la justicia será como de puerta giratoria; solamente en la cárcel estarán las personas que sean consideradas que deben estar en prisión, ya los delitos de mediano rango, por así considerarlo; ya no serán detenidas, esto conforme a la nueva legislación, que considera sólo siete delitos”, citó.
Sin definirse como delito hasta que no se compruebe, de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales, que contiene un catálogo que lo consigna, por ello hay un dispositivo en el que se dicta que todos los delitos que se cometan con violencia el Fiscal puede determinar se dé prisión preventiva, pero a futuro sólo serán siete.
Por lo anterior indicó que con el nuevo escenario, dio un beneficio de colateridad como la Policía Ministerial podrá realizar labor con carpetas de investigación, dejando de las averiguaciones previas, aunque si destacó que el primer contacto lo realizará la Secretaría de Seguridad Pública, además de las investigaciones judiciales que se reforzarán.
Ante el nuevo escenario procesal que impera, dijo Bravo Contreras que se deben cuidar aspectos que no les facilite a los inculpados evadir la justicia, pues en ocasiones presentan rostros e identidades de probables responsables en razón de que todavía se les enjuiciará con el anterior sistema penal, al no haber prohibición expresa de no compartirlo, pero ya no se podrá realizar tal acción.
Pues con el nuevo Sistema Penal Acusatorio, al haber prohibición de no revelar identidades abiertamente, debido a que la Corte dispuso que todo probable imputado que sea revelado abiertamente a la sociedad, predispone al juez del proceso a que lo considere culpable antes de juzgarlo, y frente a ello, esa violación puede constituir que la sentencia que el juez llegara a dictar, aún cuando hubieran todos los elementos de evidencia para llegar a una conclusión en términos de lo que pide la Fiscalía fuera a tener beneficio de sumo riesgo, como el que un delincuente quedara libre.
Por ello exhorta a construir precedentes para que con el nuevo sistema los jueces sin necesidad de esforzarse en decidir de qué manera van a resolver ese tipo de problema, se sustenten en un precedente para dar la sentencia.
SofÌa Dorantes Chávez
El Buen Tono