AGENCIA
Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de permitir el desalojo inmediato de agresores de los domicilios conyugales mediante una orden de protección de emergencia. Estas reformas buscan agilizar las órdenes de protección y prevenir homicidios intrafamiliares.
Las modificaciones al marco legal son significativas, ya que posibilitarán el desalojo de los agresores sin requerir la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, incluso en casos de arrendamiento.
En la exposición de motivos, los diputados destacaron que estas reformas están diseñadas para garantizar la seguridad personal de la víctima y de su entorno familiar. La intención es que, a través de la orden de protección, se pueda ordenar la desocupación inmediata del agresor, reduciendo así el riesgo de violencia.
De acuerdo con las reformas, las órdenes de protección deberán ser expedidas de manera inmediata o, a más tardar, dentro de las cuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan. Estas medidas tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación, pudiendo prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.
El propósito central de estas medidas de protección es prevenir, interrumpir o impedir la comisión de un delito o la actualización de situaciones en materia civil o familiar que impliquen violencia contra las mujeres. La emisión de estas órdenes busca brindar un marco legal efectivo y preventivo para proteger a las mujeres víctimas de violencia y evitar que las personas agresoras tengan contacto con ellas, ya sea directamente o a través de terceros.
Cabe destacar que la iniciativa de reforma fue enviada por el Gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, como parte de los esfuerzos para fortalecer la protección de las mujeres ante situaciones de violencia doméstica en el estado.