Córdoba.- Aclara el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ante la desinformación existente, que las asociaciones religiones al ser consideradas personas morales sin fines de lucro no pagarán impuesto, pero es obligatorio que lleven una contabilidad electrónica y cumplir con la obligación fiscal a partir de enero del 2015.
La administradora local de Asistencia al Contribuyente, Sandra Leticia Pérez del Valle, recordó que con Ley de operaciones con ingresos de actividad de procedencia ilícita, se busca evitar el “lavado de dinero”, por ello, tanto las asociaciones religiosas como cualquier otro contribuyente tienen la obligación de dar aviso a las autoridades en caso de detectar una actividad vulnerable, o de lo contrario incurrirían en un delito.
La finalidad es detectar un control de ingresos y egresos, al estar expensas a la aplicación de la nueva ley, para detectar de cierta manera el lavado de dinero. “Se puede detectar una donación en efectivo que exceda lo que establece la ley y entonces se debe presentar el aviso”.
Es necesario que las asociaciones religiosas lleven la contabilidad electrónica, además que deberán emitir facturas electrónicas y constancias de retenciones o de pago de servicios tradicionales con sello digital del Servicio de Administración Tributaria (SAT), dijo.
Sofía Dorantes Chavez
El Buen Tono