Córdoba.- El titular del Registro Público de la Propiedad en esta ciudad Antonio Zarur Domínguez y una empleada fueron denunciados ante la Dirección General de esta dependencia por un ama de casa que los señala de pedir dinero ante cualquier trámite que se tiene que realizar en dicha oficina.
Mediante escrito entregado al Director General, área oficialía de partes, la señora Apolonia García Trujillo, demuestra que de acuerdo a la escritura número 1071 de fecha 3 de julio del año 2014, del protocolo de la notaría pública número 26 de la décimo cuarta demarcación notarial, se aprueba la adjudicación de un bien que fue propiedad de sus padres Juan Sorcia Palacios y Manuela Trujillo Martínez.
Dicha resolución fue emitida judicialmente en el inventario de adición a la resolución de Manuela Trujillo Martínez, como consta en el expediente 623/2003 del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de esta ciudad, procediendo a la sucesión testamentaria de su madre, logrando la separación de parte de dicho juzgado para llegar a la conclusión.
Pero de acuerdo a la conclusión número 1038/1968, la notaría pública número 15, determinó que doña Manuela ya había culminado dicha sucesión, según el juzgado segundo de primera instancia, respecto de don Juan Sorcia Palacios, por ello no se concluyó en el inventario el bien denominado Xacoyotla en Tecama, pero el Tribunal Superior de Justicia determinó que la notaría no contaba con la facultad para realizar tal acuerdo.
Ante esta situación, señala el documento, el ama de casa recurrió ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia para que se aprobara la adición del inventario de la sucesión de su madre Manuela Trujillo Martínez, y en la resolución respectiva se presentó ante la notaría número 26 para concluir lo antes señalado, y proceder a la resolución del incidente para la adjudicación de dicha propiedad.
Sin embargo, al presentar dicha determinación ante el encargado del Registro Público de la Propiedad le dieron a conocer que la resolución no tiene validez alguna y debido a ello no procede la inscripción, señalando que este argumento de parte de dichos servidores públicos es con la finalidad de obtener un beneficio económico, solicitando se procede en contra ellos.
ROMEO REAL PACHÓN
EL BUEN TONO