Efraín Hernández
El Buen Tono
Xalapa.- Magistrados integrantes del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), declararon como improcedente la denuncia interpuesta por la regidora segunda Isamar Balderas Flores, de sancionar al presidente municipal de Córdoba, Juan Martínez Flores, y a la Síndica Única Vania López González, por presunta violencia política en
razón de género.
Dicho tribunal, al solucionar la demanda bajo el número de expediente TEV-JDC-509/2022 declaró como infundados tales hechos, acto que provocó que no fueran encontradas pruebas suficientes de los supuestos hechos de violencia
política.
“La ponencia propone declarar infundado el agravio relacionado con la supuesta omisión del presidente municipal de someter al Cabildo el planteamiento relacionado con la solicitud de otorgar a la regidora dé el visto bueno a los asuntos de Asentamientos Humanos, porque no es facultad de una regiduría”, señala el proyecto de sentencia.
Finalmente, en el documento se argumenta que “en cuanto a la obstaculización atribuida a la Síndica, en el proyecto se determina calificar como infundado al no advertirse elemento alguno que
evidencie la intención de restarle capacidad a la regidora Isamar Balderas”, se señaló durante la sesión de fecha 20 de octubre de 2022.