A partir de este día, cualquier persona que perjudique las vías generales de comunicación, interrumpa los servicios de peaje, o busque obtener un beneficio económico interrumpiendo tránsito de medios de transporte, se podrá llevar una sanción que puede ir desde tres meses hasta siete años de prisión.
Además, los involucrados podrán recibir una multa que va desde 100 hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en su valor diario. Con el tabulador de 2022, las sanciones económicas pueden ir de nueve mil 622 pesos hasta 48 mil 110 pesos.
Ayer se hizo oficial estas nuevas sanciones debido a la reforma del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. La institución encargada de dicha publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), fue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). Ahora, el artículo queda de la siguiente manera: