- Por segunda ocasión
XALAPA.- El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEVER) amonestó y revocó -por segunda ocasión-, la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, en el juicio de inconformidad CJ/JIN/296/2019, promovido por Adrián Pérez Croda, al incumplir el principio de exhaustividad y desechar pruebas supervivientes, al argumentar que se presentaron de manera extemporánea por parte del quejoso.
El pasado 20 de diciembre de 2019, el Tribunal Electoral dio entrada al juicio de protección de los derechos políticos-electorales promovido por Adrián Pérez Croda, contra la aprobación del registro de Paola de Aquino Pardo, como candidata a la presidencia del Comité Directivo Municipal del PAN, al argumentar que la ex regidora incumplía el requisito de estar al corriente de sus obligaciones partidistas, pues debía más de 125 mil pesos al Comité Directivo Municipal (CDM) por concepto de cuotas partidistas
El Órgano partidista incumplió principio de exhaustividad y sólo desechó pruebas supervivientes presentadas por el quejoso Adrián Pérez Croda
En el juicio que se viene desarrollando desde entonces, se advierte que la Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN incumple con una revisión exhaustiva de las consideraciones que dio respecto a cada una de las pruebas presentadas por la parte actora, en tanto que desecho nuevas documentales surgidas a partir del requerimiento del propio Tribunal Electoral y que por la misma naturaleza no eran del conocimiento ni estuvieron accesibles para el demandante.
Es de destacar que para el Tribunal le llamó la atención la práctica en que incurre la Comisión Nacional de Justicia del Partido Acción Nacional, al remitir de manera parcial y unilateral a este Tribunal las constancias íntegras del expediente, formadas con motivo del recurso intrapartidario promovido por el actor, por lo que acordó imponer como medida de apremio, una amonestación y se le apercibe que de no dar cumplimiento a esta nueva resolución, en tiempo y forma, se le impondrá una multa hasta por el valor diario de 100 Unidades de Medida y Actualización (86.88 pesos).