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Cárcel para quien practique terapias de conversión

Superiberia

Con 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones, el Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó tipificar como delito las llamadas Terapias de Conversión o Ecosig (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género) al considerar que estas atentan contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.

Con la aprobación se modifica el Artículo 206 Bis del Código Penal de la capital y se establece una pena de dos a cinco años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario a quien practique las Terapias de Conversión; en caso de que el afectado sea menor de edad el castigo se incrementará en un 50%.

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