Córdoba.- Informó el regidor Séptimo, Emilio Sacre Luna que ninguna autoridad policiaca tiene la orden de multar a un taxista o autobús cuando trasladan a una persona con su mascota.
Señaló que en el Reglamento de Bienestar Animal no estipula que se deba hacer dicha acción o multa, aquí sólo dependerá del taxista o la empresa camionera que acepte o no el hecho de que se suban los animalitos.
“Tal es el caso de la empresa Metro, la cual sí permite que viajen las personas con sus mascotas dentro de sus autobuses, aquí también va a depender de la persona dueña del auto, taxi, o taxista si quiere subir a un perro o gato”, explicó.
Abundó que tampoco los agentes de Tránsito tienen el derecho o deber de poner una sanción, hacer una advertencia o detener a un vehículo para infraccionarlo por esta situación, ya que por esa parte, el lado municipal, no manifiesta nada relacionado con una multa o sanción.
“Llevar a un animal, ya sea conductor o taxista, lo pueden hacerlo con libertad y ninguna autoridad sea Tránsito Municipal o policías lo pueden detener e infraccionar”, declaró.
Señaló que en dado caso de que los conductores sean amonestados con una infracción por parte de Tránsito Municipal o detenidos por los elementos de la Policía, hagan un llamado a las autoridades correspondientes para poder reportarlos.