Córdoba.- El daño patrimonial detectado en obras municipales durante el 2017 es en trabajos que no concluyó la Administración del exalcalde corrupto Tomás Ríos Bernal, ocho de las 10 obras que fueron visitadas continúan sin ser solventadas en sus observaciones; sin embargo, la Administración pasada dejó 22 obras sin concluir, de las cuales presentó al ORFIS documentación donde se señalan como concluidas. Por su parte, la contralora del Ayuntamiento de Córdoba, Lilia Aurelia Ramírez Contreras, dijo que es responsabilidad de los funcionarios de la Administración pasada solventar dichas observaciones.
Ramírez Contreras señaló sobre el dictamen 5.4 del informe individual para el municipio de Córdoba por parte del ORFIS: “Nosotros recibimos realmente 22 obras en proceso (ocho sin terminar de la Administración pasada), de las cuales únicamente 10 obras seleccionó el ORFIS para su auditoría; de esta muestra selectiva resulta que 8 todavía tienen un daño patrimonial por la cantidad de 16 millones 150 mil 819 pesos con 55 centavos y nos dice aquí mismo, en la parte del dictamen en el inciso a, que ante una falta administrativa grave por probable daño patrimonial el ORFIS promoverá el fincamiento de responsabilidades y determinación de daños y perjuicios”.
Dijo que en este caso, una vez concluido el Procedimiento de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del Ejercicio 2017 y los plazos legales para la solventación de los resultados notificados en el Pliego de Observaciones, el ORFIS dictaminó que derivado del análisis efectuado a las aclaraciones y documentación justificadora y comprobatoria presentadas por los exfuncionarios y por la actual Administración, al coadyuvar con el ORFIS, estos no fueron suficientes para solventar las observaciones que hacen presumir una falta administrativa grave y/o la existencia de un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal, respecto de la gestión financiera del Ayuntamiento de Córdoba.
Agregó que hasta el momento no se le ha notificado de forma oficial o formal al Ayuntamiento sobre el resultado de la auditoría realizada por el ORFIS a la Cuenta Pública 2017, para que éste proceda conforme a derecho, ya sea en un caso no grave como coadyuvante o en su defecto, esperar las acciones del ORFIS.
Ya que según el título quinto de la promoción para el Fincamiento de Responsabilidades y determinación de daños y perjuicios, capitulo 1, artículo 72, señala la facultad para promover ante el Tribunal Estatal, “en términos de las disposiciones aplicables en materia de responsabilidades administrativas procedan, la imposición de sanciones a los servidores públicos por las faltas administrativas en que incurran, así como los particulares vinculados con dichas faltas”.
Y, finalmente, presentar las denuncias y querellas penales que correspondan ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, por los probables delitos que se detecten derivado de sus auditorías, revisiones o investigaciones, por lo que exfuncionarios públicos tendrán un plazo de 45 días para solventar dichas observaciones a partir de ser notificados.