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Los padres podrán convivir con sus hijos luego del divorcio con este ajuste al Reglamento

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La secretaria de Acuerdos del Consejo de la Judicatura del Estado, Esmeralda Ixtla Domínguez, dijo que los Centros de Convivencia Familiar de Xalapa, Veracruz y Córdoba tienen como finalidad el facilitar la convivencia paterno-filial en los casos de que, a juicio de los titulares de los órganos jurisdiccionales, no pueda ésta realizarse de manera libre o se ponga en peligro el interés superior del menor.

Así es como el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Veracruz aprobó las modificaciones al Reglamento de los Centros de Convivencia Familiar Asistida, con la finalidad de que en los casos de divorcio los padres puedan convivir con los hijos.

Para ello, los órganos jurisdiccionales que conozcan de la materia familiar se podrán auxiliar de los Centros de Convivencia Familiar, tal como lo dispone la Ley 615 Orgánica del Poder Judicial.

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