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Invalida SCJN ‘ley antituitera’

Superiberia

Xalapa.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el delito de “perturbación del orden público” aprobado en septiembre del 2011 por el Congreso del Estado a propuesta del gobernador Javier Duarte de Ochoa.

El Gobierno estatal, a través de un comunicado de prensa, aclaró  que el artículo penal que la SCJN invalidó ya no existe en Veracruz, pues de manera previa y consensuada con organizaciones para la defensa de los derechos humanos, el Congreso del Estado lo reformó el 22 de noviembre de 2012.

Y aclaró que en su proyecto de resolución, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo analizó un artículo inexistente, toda vez que la LXII Legislatura del Estado de Veracruz reformó el contenido del artículo 373 del Código Penal desde el año pasado.

Por mayoría de votos, los ministros declararon inválido el artículo 373 del Código Penal del Estado de Veracruz, mediante el cual se pretendía sancionar a usuarios de redes sociales que difundieran rumores sobre violencia y por lo cual  dichas reformas fueron llamadas como “la Ley Tuitera”.

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