CDMX.- La Comisión de Quejas y Denuncias del INE, declaró improcedentes cuatro solicitudes para adoptar medidas cautelares en contra del gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle; el líder de Morena, Andrés Manuel López Obrador; y la panista Margarita Zavala.
Dos de las cuatro solicitudes fueron presentadas contra Moreno Valle. En el primer caso, se acusó al Mandatario poblano de promoción personalizada a través del periódico “Sólo Ofertas”.
Los consejeros Adriana Favela, Beatriz Galindo y José Roberto Ruiz, consideraron que la publicación de la imagen del Mandatario Estatal, con menciones a supuestos logros de su Gobierno en el referido periódico es ya un hecho consumado.
Respecto a la segunda queja, la Comisión determinó la improcedencia de adoptar medidas cautelares para que el Gobernador panista se abstuviera de distraer recursos públicos al participar en conferencias, congreso o cualquier otro evento.
Los consejeros consideraron que se tratan de hechos consumados y que las pruebas aportadas no permiten establecer la utilización de recursos públicos por Moreno Valle.
La Comisión, también determinó improcedente la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el PAN en contra del presidente nacional del partido Morena, por la difusión del spot “Adultos mayores y jóvenes”, transmitido en radio y televisión.
El PAN acusaba que el promocional además de posicionar la imagen de Andrés Manuel López Obrador, intenta colocar en el debate político propuestas de Gobierno que podrían clasificarse como actos anticipados de campaña.
Los consejeros determinaron que los promocionales pautados por los partidos políticos están amparados por la libertad de expresión.
La Comisión también declaró improcedentes las medidas bajo la figura de tutela preventiva, solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional en contra de la panista Margarita Zavala.
De acuerdo al tricolor, la panista mantiene una supuesta campaña para posicionarse como aspirante a la candidatura de su partido a la Presidencia de la República, fuera de los plazos legales, en violación al principio de equidad.
La comisión consideró que la participación de la panista en la organización “Yo con México” y “Dignificación Política”, no constituye un acto anticipado de campaña.