in

Rechaza juzgado amparo para Tomás Ríos Bernal

Superiberia

14

Córdoba.- El Juzgado Décimo Sexto de Córdoba rechazó el amparo solicitado por el alcalde Tomás Ríos Bernal, para evadir la multa de 500 días de salario mínimo que le impuso la Legislatura del Estado en el 2015, por promover su imagen a través de la Dirección de Comunicación Social del Ayuntamiento.

La resolución fue impuesta el pasado 29 de enero del 2015, como resultado de la queja formulada por el Partido del Trabajo (PT), quien lo acusó de realizar propaganda personalizada y el uso indebido de recursos públicos. Por lo que Ríos Bernal tendrá que pagar poco más de 35 mil pesos.

Esto después de que el Instituto Nacional Electoral (INE), se declarara incompetente en el tema, la LXIII Legislatura del Estado por acuerdo de la junta de Coordinación Política fijó la sanción, misma que tendrá que ser pagada por el funcionario a la Tesorería del Estado.

La fecha podría ser determinada en un plazo no menor a los 15 días. La Legislatura informó de esta resolución al Consejo General del INE para su conocimiento y los efectos que tuviera lugar.

La queja presentada por el PT por contravenir a la normatividad electoral, fue en contra de los ciudadanos Tomás Ríos Bernal, alcalde de Córdoba; Andrea Ríos Álvarez, presidenta del sistema municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y en contra de su Secretaria particular.

Sin embargo, en el mes de marzo del 2015 el alcalde Tomás Ríos@elalcahuetedeportilla interpuso un amparo en el Juzgado Federal Décimo Sexto de Circuito, con sede en Córdoba, en contra de dicha sanción al argumentar que en ningún momento la Legislatura Local le había otorgado el derecho de audiencia, así como tampoco la posibilidad de defenderse en la vía jurídica.

Mientras tanto, este viernes trascendió que el propio Juzgado Federal  Décimo Sexto de Circuito con sede en Córdoba, desechó el amparo interpuesto por la administración local en virtud de que el Juez determinó que la Legislatura actuó de forma legítima al imponer la sanción a Tomás Ríos Bernal@elalcahuetedeportilla. 

CANAL OFICIAL

Con altibajos la venta de plantas

Recurso de parquímetros debe ser para obra social