Fortín.- La Fiscalía General del Estado está en espera de que se resuelva el juicio de amparo para que se turne el caso al Congreso del Estado y con ello poder solicitar el juicio de procedencia. Amparo que según fuentes fidedignas, para que usted, amable lector, entienda sin tanta palabrería que utiliza el fiscal para hacernos bolas, consiste en que Armel está alegando que los hechos ocurrieron en Huatusco y no en Córdoba, por lo que su juicio, debería llevarse a cabo en Orizaba, donde no existen los juicios orales, que es a lo que al parecer, Armel le teme.
Es decir, que lo único que está haciendo es ganar tiempo para así lograr que los ciudadanos olviden el tan vergonzoso hecho que lo mantiene con una denuncia penal.
El munícipe de Fortín está utilizando las leyes para jugar con ellas, ya que metió un sinnúmero de amparos en contra del Fiscal General del Estado, la Fiscalía Coordinadora Especializada y la Fiscal Tercera Especializada en delitos contra la Libertad, la Seguridad Sexual y contra la Familia, de la Unidad Integral de Procuración de Justicia número 1, por diversos actos dentro de la carpeta de investigaciónUIPJ-1/DXIV-3/243/2015, iniciada por el delito de violencia familiar equiparada, pero el único que le pegó fue el arriba mencionado, donde un juez debe decidir en dónde deberá llevarse el juicio; si en Córdoba o en Orizaba, a todo esto, han pasado ya más de 3 meses sin que la agraviada puede recibir ni un ápice de justicia por la burocracia, corrupción e ineptitud que impera en los juzgados de este estado. Ahora resulta que el juicio de procedencia en contra de Armel Cid serviría únicamente —según el fiscal Luis Ángel Bravo— para que el Ministerio Público pueda llegar al Juez, no es para otra cosa, es como quitar la puerta de entrada —que le impide el fuero— para consignar el asunto.
Una vez que el Congreso del Estado otorgue “permiso” al Ministerio Público de proceder en contra del munícipe, entonces el tema queda en mano de los jueces, pero ello no implica que tenga que dejar de gobernar.
Ahora, la fiscalía se excusa y argumenta que “Subsiste la presunción de la inocencia, hasta en tanto se dicte sentencia, máxime si el delito por el cual se está investigando no es un delito grave. No es que el acto jurídico del juicio de procedencia le obligue a no gobernar, sino que la orden de aprehensión es lo que va a impedir, por un delito grave, que gobierne en razón de que si es detenido, tendrá que estar privado de su libertad durante su proceso”, lo cual no sucederá con el golpeador ya que únicamente tendría que pagar una fianza y llevar su juicio en libertad.
Hay que recordar que Armel Cid solicitó licencia por 40 días, la cual fue aprobada, para atender la denuncia por violencia familiar, de acuerdo a la carpeta de investigación UIPJ-1/DXIV-3/243/2015. La cual no ha empezado su proceso por el multi mencionado amparo.
Desde estas líneas le preguntamos al fiscal: ¿Actuaría con la misma complicidad y nulo compromiso si la mujer golpeada hubiera sido una de las de su casa?