A partir de mañana a quién cometa robo de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, se castigará hasta con 15 años de cárcel.
La Secretaría de Gobernación publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones al Código Penal Federal y la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de delitos carreteros y mañana entrarán en vigor, informa el portal Milenio.com.
Con la reforma al Artículo 376 del Código Penal, a quien cometa el delito de robo en contra de personas que presten o utilicen por sí o por un tercero los servicios de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, se le impondrá una pena de 6 a 12 años de prisión, cuando el objeto del robo sea las mercancías.
FUENTE: TRANSPORTE MX